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Auditoría de Cuentas

1 . Auditorías obligatorias de cuentas anuales.
    Auditorías operativas y revisiones limitadas.

2 . Consultoría en control interno

3 . Capitalización de Reservas.

4 . Emisión de obligaciones convertibles.

5 . Valorización pericial de Acciones


Condiciones para la auditoria obligatoria

La Ley Mercantil vigente en el presente ejercicio, obliga a las Sociedades que cumplan durante dos ejercicios consecutivos,  2 de los 3 requisitos siguientes, a designar Auditor de Cuentas y depositar sus Cuentas Anuales junto con el correspondiente Informe de Auditoría en el Registro Mercantil  (LAC disp. adic. 1ª, LSA art. 203)

Para ejercicios cerrados a partir de 2008:

  1. Que el total activo de la Compañía, sea superior a 2.850.000 € .
  2. Que el importe de la cifra de negocios, sea superior a 5.700.000 € .
  3. Que el promedio de trabajadores empleados durante el ejercicio, sea superior a 50 personas.

Para ejercicio anteriores al 2008 (cierres a 31.12.2007):

  1. Que el total activo de la Compañía, sea superior a 2.373.998 € .
  2. Que el importe de la cifra de negocios, sea superior a 4.747.996 € .
  3. Que el promedio de trabajadores empleados durante el ejercicio, sea superior a 50 personas.

Importante: Las sociedades obligadas que no depositen las cuentas anuales con el informe de auditoria cometen una infracción con dos serias consecuencias: el cierre del registro mercantil y una sanción, que puede alcanzar los 300.506,05 euros por año de incumplimiento para empresas que superen los 6 millones de euros de facturación (RRM art 378, L 30/1992, RD 1398/1993, LSA art. 221).

Importante: La Junta General de Accionistas, ha de nombrar Auditor de cuentas, antes de la finalización del ejercicio a auditar y, posteriormente, se debe inscribir este acuerdo en el Registro Mercantil.

Si desea ponerse en contacto con nosotros para que le informemos y asesoremos sobre la obligatoriedad de someter sus cuentas anuales a auditoria abligatoria, o en su defecto, y en caso de no cumplirse aún los requisitos, preparar a su empreasa en caso de inminente cumplimiento de los requisitos, a superar adecuadamente y sin trastornos su futura auditoria.

No dude en ponerse en contacto con nosotros, estaremos encantados de atenderles, sin ningún tipo de compromiso por su parte.

Tel. 91 563 94 29
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